Fundamentamos nuestra oposición al teleférico «Mirador del Pas», ARCA cita un marco normativo específico que protege los valores naturales, culturales y paisajísticos de la zona.
Aquí tienes el detalle de las leyes y figuras de protección mencionadas en el documento:

1. Ley de Cantabria 4/2014 del Paisaje
La asociación alega que el proyecto afecta directamente al Ámbito Paisajístico «Valles del Pas y del Pisueña». Esta ley obliga a proteger la integridad de paisajes que tienen una identidad propia, argumentando que el teleférico es una «instalación industrial intrusiva» que rompe con la armonía del valle (pp. 1-2).
2. Red Natura 2000 (Normativa Europea)
Este es uno de los puntos legales más críticos, ya que afecta a zonas de especial protección ambiental:
  • ZEC «Montaña Oriental» (ES1300002): ARCA señala que la estación superior del teleférico se ubicaría en las inmediaciones de esta Zona de Especial Conservación (p. 1).
  • ZEC «Río Pas»: El trazado del teleférico cruzaría de forma aérea este espacio protegido (p. 2).
3. Ley 4/2006 de Conservación de la Naturaleza de Cantabria
Se utiliza para reforzar la necesidad de proteger los ecosistemas mencionados anteriormente. ARCA sostiene que el proyecto no respeta los objetivos de conservación de los espacios naturales protegidos de la comunidad (p. 1).
4. Ley 11/1998 de Patrimonio Cultural de Cantabria
ARCA invoca esta ley refiriéndose a los «Paisajes Culturales». Argumentan que la comarca pasiega tiene un elevado valor etnológico (relacionado con el modo de vida ganadero tradicional y sus construcciones) que se vería degradado por una infraestructura turística de este tipo (p. 1).
5. Exigencia de Evaluación Ambiental Estratégica
Más allá de las leyes de protección, ARCA fundamenta legalmente que, debido a las dimensiones del proyecto (casi 300.000 usuarios previstos) y su cercanía al límite con Castilla y León, no basta con un estudio de impacto ambiental simple, sino que es obligatorio un Estudio Ambiental Estratégico que analice el impacto de forma global y transfronteriza (p. 2).